El juez federal Ariel Lijo archivó este jueves la denuncia del Gobierno Nacional contra los periodistas Ignacio Salerno y Luciana Geuna por presunto espionaje, tras determinar que las grabaciones realizadas en la Casa Rosada no constituyeron un delito.
La resolución judicial, que se dio a conocer apenas 24 horas después de que el fiscal Gerardo Pollicita desestimara la acusación, ratifica que el material audiovisual producido por el equipo de la señal de noticias TN no vulneró la seguridad del Estado ni expuso datos clasificados. Según fuentes de los tribunales de Comodoro Py, el magistrado consideró que los elementos presentados por la Casa Militar no lograban configurar ninguno de los tipos penales previstos en los artículos 222 y 223 del Código Penal, los cuales sancionan la revelación de secretos políticos o militares. La decisión de Lijo pone fin a una controversia que había escalado hasta el punto de restringir el acceso de la prensa acreditada a la sede gubernamental durante varios días, generando un fuerte rechazo en las asociaciones de periodistas y organismos de libertad de expresión.
En los fundamentos del fallo, el juez Lijo fue contundente al señalar que las imágenes captadas por los cronistas muestran sectores que son de acceso público o que ya están disponibles en plataformas digitales oficiales. De acuerdo con el análisis técnico realizado sobre el material, las grabaciones exhiben pasillos y espacios comunes de la Casa de Gobierno que cualquier ciudadano puede observar a través de la propia página web de la Presidencia de la Nación, herramientas de geolocalización como Google Maps o diversos canales de video de acceso irrestricto. El magistrado destacó que, al visualizar el contenido, no se advierten sistemas de vigilancia específicos, actividades del personal de custodia en funciones críticas, ni imágenes de áreas reservadas o despachos privados que pudieran comprometer la integridad de los funcionarios del Poder Ejecutivo.
La denuncia original había sido impulsada por Sebastián Ignacio Ibáñez, jefe de la Casa Militar, quien argumentó que la exposición de “detalles estructurales y logísticos” de la sede de gobierno representaba una amenaza real. Ibáñez había enmarcado la presentación en un supuesto contexto de tensión internacional, mencionando específicamente el conflicto entre Irán, Estados Unidos e Israel, países a los que definió como aliados estratégicos de la República Argentina. Sin embargo, para la Justicia, este argumento careció de sustento fáctico. El juez Lijo explicó que para que exista el delito de espionaje o revelación de secretos, es imprescindible que la información tenga un carácter formalmente clasificado por la autoridad competente. En este caso, los videos fueron obtenidos en pasillos de tránsito habitual, en su mayoría vacíos, y sin que mediara ninguna violación de perímetros restringidos o el uso de herramientas de intrusión tecnológica.
Contexto
El conflicto se originó semanas atrás, cuando el equipo periodístico de TN emitió un informe que incluía tomas del interior de la Casa Rosada. La reacción del Poder Ejecutivo fue inmediata y drástica: la Casa Militar presentó una denuncia penal y, de manera inédita en el período democrático reciente, se suspendieron temporalmente todas las acreditaciones de los periodistas que cubren diariamente la actividad oficial en Balcarce 50. Esta medida fue interpretada por diversos sectores como un intento de amedrentamiento hacia la labor profesional. Históricamente, el acceso a la Casa Rosada ha estado regulado por protocolos de seguridad, pero nunca se había judicializado la filmación de áreas comunes bajo la carátula de espionaje, un delito que conlleva penas de prisión efectivas y que está reservado para acciones que busquen entregar información sensible a potencias extranjeras o grupos terroristas.
La celeridad con la que actuó la fiscalía de Gerardo Pollicita fue clave para la resolución del caso. El fiscal dictaminó que no se verificaba un riesgo ni siquiera en abstracto para la seguridad nacional. Este antecedente se suma a una serie de tensiones crecientes entre la actual administración y los medios de comunicación, marcadas por cambios en los protocolos de acreditación y una revisión de las normas de circulación interna dentro de los edificios públicos. La Casa Militar, encargada de la custodia del Presidente y su familia, ha reforzado los controles en el último semestre, citando la necesidad de actualizar los estándares de protección ante la nueva doctrina de política exterior del país, aunque la Justicia ha marcado ahora un límite claro entre la seguridad operativa y el derecho a la información.
Impacto
El fallo de Lijo sienta un precedente fundamental para el ejercicio del periodismo en ámbitos gubernamentales, al definir que no toda información proveniente de una oficina pública es, por definición, secreta. La resolución aclara que para que un material sea considerado “clasificado”, debe existir un acto administrativo previo que así lo determine, y que la simple filmación de espacios arquitectónicos conocidos no puede ser criminalizada. Esto brinda un alivio legal no solo a los periodistas Salerno y Geuna, sino a todo el cuerpo de cronistas acreditados, quienes temían que cualquier registro visual pudiera derivar en una causa penal. Desde el punto de vista institucional, el archivo de la causa desactiva una de las mayores tensiones entre el Gobierno y la prensa desde el inicio de la gestión, obligando a la Casa Militar a revisar sus criterios de denuncia.
Asimismo, el impacto se extiende a la interpretación de la seguridad nacional en la era digital. El juez subrayó que la existencia de herramientas tecnológicas de libre acceso hace que la noción de “secreto” sobre la estructura de edificios públicos sea obsoleta si no se refiere a áreas de máxima reserva. Para los especialistas en derecho constitucional, este fallo refuerza la vigencia de la doctrina de la Real Malicia y la protección de la actividad periodística frente al uso del aparato judicial como herramienta de presión política. La decisión también despeja las dudas sobre la legalidad de los informes de investigación que utilizan cámaras en espacios de tránsito público dentro de dependencias del Estado, siempre que no se vulneren sistemas de defensa específicos.
Tras el cierre de esta causa, queda pendiente observar si el Gobierno Nacional apelará la decisión a través de la querella o si aceptará el criterio de Lijo y Pollicita. Por el momento, la actividad en la sala de periodistas de la Casa Rosada ha retornado a la normalidad, aunque persiste la expectativa sobre la redacción de un nuevo reglamento de seguridad que la Casa Militar prometió implementar para evitar futuros incidentes. La tensión entre el derecho a la seguridad del jefe de Estado y la libertad de prensa continuará siendo un eje de debate en los próximos meses, especialmente ante la posibilidad de nuevas restricciones administrativas que no lleguen a la instancia judicial pero que dificulten el trabajo diario de los medios.