La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó a la Anses restituir de forma provisoria el pago de la pensión de privilegio a la expresidenta Cristina Kirchner, quien percibirá un haber bruto de 15.683.154 pesos correspondiente al mes de agosto.
La decisión, firmada por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, obliga al organismo previsional a retomar el desembolso de una de las dos asignaciones que la exmandataria percibía hasta noviembre de 2024. Según fuentes del sistema previsional, el pago se hará efectivo mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre la legalidad de la resolución administrativa que dio de baja sus beneficios tras la confirmación de su condena penal. El monto establecido representa una de las cifras más altas del escalafón de asignaciones especiales, derivado en este caso de su condición de viuda del expresidente Néstor Kirchner, mientras que la asignación por su propio ejercicio de la Presidencia permanece bajo análisis judicial.
El Ministerio Público Fiscal y la propia Anses elevaron recursos ante la Corte Suprema de Justicia para frenar esta medida cautelar. El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó a favor del recurso de queja presentado por el fiscal Juan Carlos Paulucci, argumentando que el pago de estos haberes entra en conflicto directo con la sentencia firme en la causa Vialidad. De acuerdo con el dictamen de la Procuración, la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública conlleva la inhabilitación absoluta, lo que según el Código Penal debería suspender el goce de cualquier jubilación o pensión durante el tiempo de la condena.
Contexto
La controversia sobre los haberes de Cristina Kirchner se remonta a noviembre de 2024, cuando la Anses decidió dar de baja ambas prestaciones de privilegio tras el fallo de la Cámara de Casación Penal que ratificó su responsabilidad en el desvío de fondos de la obra pública en Santa Cruz. La ley 24.018, que regula las asignaciones para expresidentes y exvicepresidentes, establece un régimen de incompatibilidades que prohíbe el cobro simultáneo de dos prestaciones de este tipo, un punto que ha sido objeto de litigio durante años. La expresidenta, quien actualmente cumple prisión domiciliaria, había solicitado la medida cautelar el año pasado para evitar la interrupción de sus ingresos mientras se dirime la validez del acto administrativo que la despojó de los beneficios.
En primera instancia, la jueza Karina Alonso Candis había rechazado la solicitud de la exmandataria, pero la apelación ante la Cámara Federal de la Seguridad Social derivó en el fallo de Russo y Fantini que ahora se ejecuta. Los magistrados de la Cámara no solo habilitaron el pago provisorio, sino que también rechazaron un recurso extraordinario que buscaba llevar el expediente directamente al máximo tribunal, obligando a los organismos del Estado a recurrir mediante una queja. Este escenario jurídico se produce en medio de un proceso de decomiso de bienes ordenado por la Justicia para reparar el daño patrimonial causado al Estado, estimado en miles de millones de pesos según las pericias contables de la causa Vialidad.
Impacto
La restitución de este haber genera un impacto institucional significativo, ya que pone en tensión las competencias del fuero de la Seguridad Social frente a las decisiones del fuero penal. Según operadores del mercado judicial, la medida de los jueces Russo y Fantini podría sentar un precedente complejo respecto a la aplicación del artículo 19 del Código Penal, que estipula la suspensión de beneficios previsionales para condenados a penas privativas de la libertad superiores a tres años. El desembolso de más de 15 millones de pesos mensuales por parte del Estado a una persona condenada por defraudar a la administración pública es visto por sectores de la oposición y especialistas en derecho administrativo como una contradicción jurídica que afecta la integridad del erario.
Desde el punto de vista financiero, si la Corte Suprema finalmente convalida la baja de las pensiones, Cristina Kirchner se verá obligada a devolver la totalidad del dinero percibido bajo esta medida cautelar. Sin embargo, la ejecución de tales devoluciones suele enfrentar procesos burocráticos y judiciales extensos. El impacto también alcanza a la Anses, que debe reasignar partidas presupuestarias para cumplir con una orden judicial que el propio organismo considera improcedente. La resolución de este conflicto definirá si los beneficios de privilegio pueden sostenerse ante condenas por delitos contra la administración pública, un debate que atraviesa la ética del servicio civil y la responsabilidad patrimonial de los exfuncionarios.
La resolución definitiva queda ahora en manos de la Corte Suprema de Justicia, que debe decidir si acepta el recurso de queja y suspende el pago de forma inmediata. El máximo tribunal deberá evaluar si los jueces de la Cámara invadieron competencias penales y si la naturaleza de la asignación de privilegio es compatible con una condena por fraude al Estado. Mientras tanto, el cronograma de pagos de la Anses ya contempla la liquidación para la expresidenta, manteniendo la tensión política y judicial sobre el destino de los fondos públicos en casos de corrupción probada.