La Justicia de Villa Gesell inició una investigación por la muerte de una niña de dos años ocurrida el lunes pasado, tras confirmarse que el deceso se produjo por asfixia obstructiva, contradiciendo la versión inicial de su madre.
El hecho se desencadenó durante la madrugada del lunes, cuando la menor fue ingresada de urgencia y sin signos vitales al hospital municipal de la ciudad balnearia. Según indicaron fuentes judiciales y policiales, la madre de la niña, una mujer de 44 años, aseguró ante el personal médico que su hija se había broncoaspirado accidentalmente mientras tomaba la mamadera. A pesar de que el equipo de salud realizó maniobras de reanimación cardiopulmonar avanzada durante 40 minutos ininterrumpidos, los profesionales no lograron revertir el cuadro y confirmaron el fallecimiento. Ante las inconsistencias detectadas en el relato materno y la naturaleza del suceso, se dio intervención inmediata a la Unidad Funcional de Instrucción N°4 de Pinamar, a cargo del fiscal Juan Pablo Calderón, quien ordenó la realización de una autopsia de urgencia para determinar la mecánica fehaciente de la muerte.
Los resultados preliminares del informe forense arrojaron datos determinantes que modificaron el rumbo de la pesquisa. Los peritos médicos establecieron que la causa de muerte fue una asfixia obstructiva que generó una severa hipoxemia, derivando finalmente en un paro cardiorrespiratorio. Este hallazgo técnico descartó de plano la hipótesis de una muerte accidental por broncoaspiración de líquidos, como había sostenido la progenitora. En consecuencia, el fiscal Calderón dispuso el allanamiento de la vivienda familiar ubicada en Villa Gesell, donde se secuestraron elementos de interés para la causa, incluyendo prendas de vestir y dispositivos electrónicos. Asimismo, se procedió al traslado de los padres y del hermano de la víctima para prestar declaración, mientras que el menor de edad fue apartado preventivamente del núcleo familiar bajo protocolos de protección de la niñez para ser sometido a exámenes médicos integrales.
La investigación sumó un componente de alta complejidad al analizarse el historial de la madre. De acuerdo con registros judiciales, la mujer fue juzgada en el año 2018 por la muerte de otra de sus hijas, Yazmín, de apenas 11 meses, ocurrida en 2016 en la ciudad de Mar del Plata. En aquel proceso, tanto ella como su pareja de ese entonces permanecieron prófugos durante varios días antes de entregarse a las autoridades y pasaron casi dos años en prisión preventiva. Sin embargo, el Tribunal Oral en lo Criminal, integrado por los jueces Juan Manuel Sueyro, Mariana Irianni y Fabián Riquert, dictó la absolución de ambos al considerar que no existían pruebas suficientes de maltrato físico o abuso. Durante ese juicio, también se ventiló el fallecimiento de una tercera hija de la mujer, una bebé de seis meses que murió en 2013, caso que también fue atribuido a complicaciones respiratorias sin que se hallaran lesiones traumáticas.
Contexto
El trasfondo de este caso se remonta a una serie de intervenciones de la Justicia de Familia y organismos de salud en Mar del Plata antes de que la mujer se radicara en Villa Gesell. Durante los procesos judiciales previos, la abogada Erika Agnes Hooft Suárez, quien intervino en los expedientes de familia, aportó un dato clínico fundamental: el Hospital Materno Infantil de Mar del Plata había diagnosticado a la mujer con el síndrome de Munchausen por poder. Esta patología de salud mental se caracteriza por la simulación o provocación de enfermedades en terceros, generalmente hijos, con el objetivo de obtener atención médica o validación social. A pesar de este diagnóstico y de que la Justicia de Familia ya había dispuesto en el pasado la pérdida de la tenencia de otros hijos —algunos de los cuales fueron derivados a hogares de tránsito o dados en adopción—, la mujer logró reconstruir su vida familiar en Villa Gesell con una nueva pareja, con quien tuvo dos hijos más, incluyendo a la niña fallecida esta semana.
La radicación de la familia en una nueva jurisdicción y la conformación de un nuevo núcleo convivencial parecen haber diluido el seguimiento estricto que pesaba sobre la mujer en años anteriores. Fuentes del Ministerio Público Fiscal señalaron que se está revisando si existían alertas activas en el sistema de protección de menores de la zona atlántica que pudieran haber prevenido este desenlace. La recurrencia de cuadros respiratorios fatales en tres de sus hijos, todos en edades de lactancia o primera infancia, es el eje central que hoy analizan los investigadores para determinar si existe un patrón de conducta criminal o si se trata de una trágica coincidencia médica, aunque la pericia de asfixia obstructiva actual inclina la balanza hacia la primera opción.
Impacto
Este caso genera un impacto directo en los protocolos de actuación de los servicios locales de promoción y protección de los derechos del niño. La decisión de apartar al hermano de la víctima de forma inmediata responde a la necesidad de garantizar su integridad física y psicológica ante un entorno que la fiscalía considera de alto riesgo. Los exámenes médicos integrales a los que está siendo sometido el menor buscan detectar signos de maltrato crónico o negligencia que no hayan sido reportados previamente. Por otro lado, la situación procesal de la madre se encuentra en una etapa de definición crítica; si los resultados finales de la autopsia confirman la intencionalidad de la obstrucción de las vías respiratorias, la carátula de la causa podría girar hacia un homicidio agravado por el vínculo, delito que prevé la pena de prisión perpetua.
Asimismo, el hecho reabre el debate sobre la eficacia de las medidas de protección post-absolución en casos donde existen diagnósticos psiquiátricos de riesgo. La intervención de la fiscalía de Pinamar busca ahora reconstruir las últimas 48 horas de vida de la niña mediante testimonios de vecinos y el análisis de los elementos secuestrados en el allanamiento. La comunidad médica y judicial observa con atención el desarrollo de las pericias complementarias, ya que la confirmación de una asfixia mecánica no accidental colocaría a los antecedentes de 2013 y 2016 bajo una nueva luz jurídica, a pesar de las absoluciones previas que ya gozan de cosa juzgada.
El avance de la causa penal se mantiene supeditado a la entrega de los informes finales de laboratorio y anatomopatología, que permitirán conocer con precisión si existió el uso de elementos externos para producir la asfixia. Mientras tanto, la fiscalía continúa con la recolección de pruebas y no se descartan nuevas medidas restrictivas para los progenitores en las próximas horas, dependiendo de la evolución de las pericias técnicas y los testimonios del entorno cercano. La tensión permanece centrada en la resolución de la situación del hermano sobreviviente, cuya tutela definitiva deberá ser resuelta por un juzgado de familia en función de los informes de riesgo que elaboren los peritos oficiales.