POLÍTICA

Confirman régimen de alto riesgo para acusados por el caso Olivos

La Cámara Federal de San Martín ratificó el sistema de vigilancia diferenciada para los procesados por la extorsión que derivó en el suicidio del soldado Rodrigo Gómez en la Quinta de Olivos.

Redacción El Capitán 24 de julio de 2026 5 min de lectura
Confirman régimen de alto riesgo para acusados por el caso Olivos
Foto: Infobae

La Cámara Federal de San Martín convalidó el sistema de vigilancia diferenciada para los detenidos acusados de extorsionar al soldado Rodrigo Gómez, quien se quitó la vida en febrero pasado mientras cumplía funciones de custodia en la Quinta de Olivos.

El tribunal de apelaciones desestimó los planteos de inconstitucionalidad presentados por las defensas de Tomás Matías Francavilla, Mauricio José Duarte Areco, Iara Ayelén Cosentino y Karen Yael Cufré. Estos cuatro imputados se encuentran procesados y con prisión preventiva, señalados como integrantes de una organización criminal dedicada a realizar extorsiones telefónicas desde establecimientos penitenciarios. La resolución judicial ratifica la legalidad de los protocolos de seguridad implementados por el Ministerio de Seguridad de la Nación, los cuales imponen restricciones más severas y un monitoreo constante sobre internos considerados de alta peligrosidad o vinculados al crimen organizado.

Los jueces Juan Pablo Salas y Marcelo Darío Fernández, integrantes de la Sala II de la Cámara Federal, explicaron en su fallo que la clasificación de los internos según su perfil de riesgo no constituye una sanción adicional ni un trato cruel o degradante. Por el contrario, los magistrados sostuvieron que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) posee facultades técnicas para organizar la población penal con el objetivo de neutralizar la capacidad operativa de las bandas criminales. Según fuentes judiciales, el tribunal consideró que las medidas adoptadas son herramientas indispensables para proteger a la sociedad y evitar que los detenidos continúen dirigiendo actividades ilícitas desde el interior de los pabellones, un factor determinante en este caso particular donde la extorsión se originó precisamente en una celda.

En sus presentaciones, los abogados defensores habían argumentado que el Poder Ejecutivo excedía sus atribuciones al modificar las condiciones de encierro mediante resoluciones ministeriales, alegando que esto vulneraba el principio de inocencia de sus asistidos al no contar aún con una condena firme. Sin embargo, la Cámara subrayó que la declaración de inconstitucionalidad es un recurso de extrema gravedad institucional que solo procede ante contradicciones insalvables con la Carta Magna. En el caso de las imputadas Cosentino y Cufré, el tribunal declaró “erróneamente concedido” el recurso, ya que la defensa impugnó el régimen de alto riesgo general cuando, en rigor, ambas fueron incorporadas a un programa específico de “Elevado Riesgo Comunitario” en el Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza, un esquema con características técnicas diferentes.

Contexto

La investigación penal se desencadenó tras el trágico fallecimiento de Rodrigo Gómez, un soldado voluntario de 21 años que prestaba servicio en la residencia presidencial de Olivos. En febrero de este año, Gómez fue hallado sin vida tras sufrir una intensa presión psicológica y hostigamiento por parte de una banda de extorsionadores. Las pericias tecnológicas y el cruce de llamadas realizados por especialistas de la Policía Federal determinaron que el joven estaba siendo víctima de una estafa coordinada desde una unidad carcelaria. Los delincuentes utilizaban información personal para exigirle pagos de dinero bajo amenazas, lo que derivó en un cuadro de angustia que culminó con su suicidio en su puesto de guardia.

En mayo pasado, la Justicia dictó el procesamiento de los cuatro implicados y rechazó los pedidos de excarcelación, valorando la complejidad de la estructura delictiva. Un dato relevante que surgió de la instrucción es el rol de Karen Yael Cufré, quien al momento de los hechos se desempeñaba como empleada pública en el centro de monitoreo de la Municipalidad de Morón. Según los investigadores, esta posición le habría permitido acceder a información sensible o logística para facilitar el accionar de la banda. La gravedad del hecho, sumada a la vulnerabilidad de la víctima y la audacia de operar contra personal de custodia de la Casa Militar, motivó que el Ministerio de Seguridad solicitara la aplicación de los protocolos de máxima seguridad para asegurar que los acusados no interfieran con el proceso judicial.

Impacto

Este fallo sienta un precedente jurídico fundamental para la validación de las políticas de gestión penitenciaria en la lucha contra el crimen organizado en Argentina. Al ratificar que el Estado tiene la potestad de segmentar a los presos según su peligrosidad sin que esto implique una violación de derechos constitucionales, se fortalece la capacidad operativa del Ministerio de Seguridad para desarticular las denominadas “cárceles calientes”. Operadores del sistema judicial señalan que esta decisión otorga seguridad jurídica a los directores de los penales para aplicar restricciones de visitas, comunicaciones y movimientos internos a aquellos procesados que forman parte de organizaciones con capacidad de daño extramuros.

Para la familia de Rodrigo Gómez y el entorno de las Fuerzas Armadas, la resolución representa un avance hacia la etapa de juicio oral con los acusados bajo un control estricto. El impacto también se extiende a la administración pública, dado que el procesamiento de una empleada de un centro de monitoreo municipal puso en alerta a las autoridades sobre los mecanismos de control interno y la filtración de datos oficiales hacia bandas criminales. La confirmación del régimen de detención asegura que, durante la espera del debate oral, los imputados no podrán replicar las maniobras de hostigamiento que caracterizaron el funcionamiento de la organización hasta su desarticulación.

El próximo paso procesal será la elevación de la causa a juicio, donde se espera que la fiscalía presente las pruebas recolectadas sobre la cadena de mando de la banda y la trazabilidad del dinero extorsionado. Mientras tanto, los cuatro acusados permanecerán bajo el régimen de vigilancia especial, sujetos a evaluaciones periódicas de conducta y riesgo. La tensión ahora se traslada a las audiencias preliminares, donde las defensas intentarán cuestionar la validez de las escuchas telefónicas que vinculan a los detenidos con el teléfono del soldado Gómez, en un caso que conmocionó a la opinión pública por la vulneración de la seguridad en el entorno presidencial.

Fuente: Infobae

¿Cómo te hizo sentir esta nota?

Fuente

Información publicada por Infobae.

Redacción El Capitán

Equipo editorial de El Capitán con apoyo de inteligencia editorial. Periodismo argentino con análisis profundo.

El Capitan IATu asistente de noticias