El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley del Régimen Penal Juvenil N° 27.801, que establece la responsabilidad penal para adolescentes de 14 a 17 años, mediante el decreto 875/26 firmado por el presidente Javier Milei en la Casa Rosada.
La normativa, que lleva también las firmas del ministro de Justicia, Diego Santilli, y del secretario del área, Juan Bautista Mahiques, define los mecanismos operativos para que los menores de edad puedan ser judicializados por delitos tipificados en el Código Penal Argentino. Según informaron fuentes del Ministerio de Justicia, la autoridad de aplicación centralizará la coordinación del sistema, dictará las normas complementarias y establecerá convenios de colaboración con las provincias, universidades y organismos de la sociedad civil para garantizar la operatividad de los centros de detención y los programas de asistencia. El texto oficial confirma que, si bien se permite la judicialización desde los 14 años, los adolescentes permanecerán bajo un sistema especial que contempla desde medidas alternativas hasta la privación de la libertad en casos de extrema gravedad, siempre bajo la supervisión de equipos técnicos interdisciplinarios.
Uno de los pilares fundamentales de esta reglamentación es la creación del Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Este cuerpo profesional estará integrado por especialistas en pedagogía infanto-juvenil, psicología, adicciones y trabajo social, quienes serán los responsables directos del seguimiento y control de los adolescentes durante todo el proceso judicial. De acuerdo con operadores del sistema judicial, la designación de estos supervisores será realizada por los jueces de cada causa a partir de un listado provisorio que el Ministerio de Justicia deberá confeccionar en un plazo máximo de 180 días. Una vez que se sustancie la convocatoria pública para el registro definitivo, aquellos profesionales que no logren ingresar al padrón permanente no podrán ser asignados a nuevos expedientes, aunque el magistrado interviniente podrá evaluar su continuidad en los casos que ya tengan bajo su órbita para no interrumpir los procesos de revinculación en curso.
Para garantizar una gestión transversal de la problemática, el decreto establece la conformación del Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil. Este organismo permanente estará integrado por representantes con rango de director nacional de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud. Según indicaron desde la cartera de Justicia, este comité tendrá la tarea de elaborar lineamientos comunes para la prevención del delito juvenil y la reinserción social, además de intercambiar datos estadísticos que permitan ajustar las políticas públicas. A este esquema se suma la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, un espacio de adhesión voluntaria diseñado para armonizar los criterios procesales entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contando con la participación de delegados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General y la Defensoría General de la Nación.
Contexto
La sanción y posterior reglamentación de la Ley 27.801 responde a un debate histórico en la Argentina sobre la baja de la edad de imputabilidad y la obsolescencia del decreto-ley 22.278, vigente desde la última dictadura militar. Durante las últimas dos décadas, diversos proyectos legislativos intentaron modificar el régimen penal para menores sin lograr el consenso necesario en el Congreso de la Nación. El actual escenario se precipitó tras el incremento de hechos delictivos con participación de menores en centros urbanos como el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Rosario y Córdoba, lo que generó una presión social y política para actualizar el marco normativo. Antecedentes directos en la región, como los modelos aplicados en Uruguay y Chile, sirvieron de referencia para la redacción de los artículos que hoy permiten procesar a jóvenes de 14 años, buscando un equilibrio entre la sanción penal y los tratados internacionales de derechos del niño a los que Argentina suscribe.
La implementación de este régimen ocurre en un momento de reestructuración del Estado, donde la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) ha pasado a depender del Ministerio de Capital Humano, lo que obligó a redefinir las competencias presupuestarias para la creación de nuevos centros de alojamiento especializados. Fuentes del Ministerio de Seguridad señalaron que la falta de una normativa clara dificultaba la retención de menores reincidentes en delitos violentos, quienes frecuentemente eran entregados a sus padres a las pocas horas de su aprehensión. Con la nueva reglamentación, el Estado busca cerrar esa brecha legal mediante un seguimiento estricto que incluye la comunicación obligatoria de los antecedentes al Registro Nacional de Reincidencia, manteniendo la reserva del proceso pero permitiendo un historial delictivo verificable por los magistrados.
Impacto
El impacto inmediato de esta medida se sentirá en la carga de trabajo de los juzgados nacionales y federales, que ahora deberán tramitar causas que anteriormente quedaban fuera del sistema penal juvenil. La reglamentación garantiza a las víctimas el derecho a la tutela efectiva, asistencia especializada y patrocinio jurídico gratuito, lo que representa un cambio significativo en el rol de los damnificados dentro del proceso penal. Por otro lado, la obligatoriedad de la capacitación continua para jueces, fiscales y defensores busca profesionalizar un fuero que históricamente ha carecido de recursos específicos. Según analistas del sector judicial, la efectividad del régimen dependerá en gran medida de la capacidad de las provincias para adherirse a la Mesa Federal y unificar criterios, evitando que un adolescente reciba un tratamiento distinto según la jurisdicción donde se cometa el ilícito.
En términos sociales, la figura del supervisor especializado pretende reducir las tasas de reincidencia al abordar las causas estructurales de la delincuencia juvenil, como el consumo de sustancias y la deserción escolar. Sin embargo, la puesta en marcha de este sistema requiere una inversión presupuestaria considerable para la infraestructura de los centros de detención especializados, que deben diferenciarse de las cárceles de adultos para cumplir con la normativa vigente. El impacto también se extenderá a las fuerzas de seguridad, que deberán ajustar sus protocolos de detención y traslado de menores de 14 y 15 años, quienes ahora entran formalmente en el radar del sistema penal. La articulación con la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas (SEDRONAR) será clave para tratar a los jóvenes que ingresan al sistema con cuadros de adicción severos.
El próximo paso para la plena vigencia del sistema será la apertura de la convocatoria pública para los supervisores y la primera reunión plenaria de la Mesa Federal, prevista para el próximo mes. La tensión pendiente radica en la capacidad de las provincias con mayores índices de criminalidad juvenil para financiar las reformas estructurales que exige la ley. El Ministerio de Justicia monitoreará los primeros 180 días de aplicación para evaluar si es necesario introducir ajustes en los protocolos de actuación de los comités interministeriales.