SOCIEDAD

Prohíben el ingreso a estadios por dos años a una mujer por agresión

El Ministerio de Seguridad Nacional aplicó una restricción de concurrencia administrativa por 24 meses a Claudia Noemí Romero tras un episodio de violencia física y amenazas en un club platense.

Redacción El Capitán 8 de julio de 2026 5 min de lectura
Prohíben el ingreso a estadios por dos años a una mujer por agresión
Foto: Infobae

El Ministerio de Seguridad Nacional prohibió el ingreso a espectáculos deportivos a Claudia Noemí Romero por 24 meses, tras agredir físicamente a otra mujer durante un evento en el club Asociación Nueva Alianza de La Plata el pasado mayo.

La medida, oficializada este 8 de julio de 2026 mediante la Resolución 618/2026 publicada en el Boletín Oficial, establece una restricción de concurrencia administrativa que impide a la sancionada el acceso a cualquier estadio del territorio argentino hasta julio de 2028. Según consta en las actuaciones administrativas y judiciales, el incidente se originó el 31 de mayo, cuando Romero atacó a Laura Riggio. El expediente detalla que la agresora sujetó a la víctima del cuello y le propinó reiterados golpes de puño en el rostro, para luego proferir amenazas de muerte directas. Ante la gravedad de los hechos, la Agencia de Prevención de Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De) solicitó la intervención inmediata de las autoridades nacionales para aplicar el derecho de admisión de forma extensiva en todo el país.

La Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos, bajo la órbita de la Subsecretaría de Despliegue Territorial, fue el organismo encargado de evaluar los antecedentes recolectados en la causa penal PP-06-00-029006-26/00, radicada en la Fiscalía General de La Plata. Fuentes del Ministerio de Seguridad confirmaron que la decisión se fundamenta en la necesidad de preservar el orden público y la integridad física de los asistentes a eventos masivos. La resolución destaca que resulta pertinente registrar a la causante en el programa Tribuna Segura para neutralizar cualquier posibilidad de que vuelva a protagonizar disturbios en recintos deportivos. La sanción no solo responde a la agresión física tipificada como lesiones leves, sino también al riesgo potencial que representa la conducta violenta persistente en ámbitos de concurrencia pública.

Contexto

El programa Tribuna Segura, eje central de esta sanción, funciona en Argentina desde el año 2016 como un mecanismo federal de control y prevención de la violencia en el fútbol y otras disciplinas. Este sistema permite a las fuerzas de seguridad identificar digitalmente a cada espectador mediante el escaneo del Documento Nacional de Identidad (DNI), cruzando los datos en tiempo real con bases de datos de personas con pedido de captura o restricciones de concurrencia vigentes. En el caso de Claudia Noemí Romero, identificada con el DNI N° 32.006.935, su inclusión en este registro nacional implica que cualquier control policial en los accesos a los estadios disparará una alerta inmediata que impedirá su paso, independientemente de la provincia o la categoría del evento deportivo al que intente asistir.

Históricamente, la aplicación del derecho de admisión quedaba supeditada a la voluntad de los clubes o a decisiones de ligas locales, lo que generaba baches de seguridad donde un sancionado en una jurisdicción podía ingresar a estadios en otra. Sin embargo, la normativa vigente, apoyada en la Ley N° 22.520 y el Decreto N° 246/17, otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de extender estas prohibiciones a nivel federal. La resolución actual cita específicamente los artículos 2° y 3° de la Resolución MS N° 354/17, que habilitan al Ministerio a adoptar medidas preventivas ante conductas que, aunque ocurran en clubes de ligas menores o asociaciones barriales como Nueva Alianza, demuestren un perfil violento incompatible con la seguridad ciudadana en el deporte profesional o amateur.

Impacto

La aplicación de esta sanción de 24 meses marca un precedente importante en la lucha contra la violencia de género y la agresividad en los entornos deportivos periféricos. Según operadores del mercado de seguridad deportiva, la medida busca enviar un mensaje claro: la violencia no será tolerada en ninguna de sus formas, ya sea que provenga de barras organizadas o de individuos particulares en clubes sociales. El impacto directo para la sancionada es la exclusión total de la vida social y deportiva que rodea a los estadios por un período de dos años, lo que incluye partidos de la Liga Profesional, copas internacionales y torneos regionales. Además, la vinculación de una causa penal por lesiones con una sanción administrativa administrativa refuerza la coordinación entre el Poder Judicial y el Ministerio de Seguridad.

Desde el punto de vista institucional, el club Asociación Nueva Alianza fortalece su posición al haber solicitado formalmente el derecho de admisión y remitido la documentación necesaria para que el Estado actúe. Fuentes institucionales indicaron que este tipo de resoluciones fomenta que otros clubes de ligas regionales denuncien hechos de violencia interna, sabiendo que cuentan con el respaldo del sistema federal de control. La medida también impacta en la logística de los operativos policiales, ya que la base de datos de Tribuna Segura se actualiza de forma permanente, obligando a los efectivos a mantener una vigilancia estricta sobre los perfiles cargados recientemente, garantizando que el derecho de admisión no sea una herramienta teórica sino una realidad operativa en los molinetes de ingreso.

El proceso administrativo contó con el aval del servicio jurídico permanente del Ministerio de Seguridad, lo que asegura la legalidad del acto ante posibles apelaciones. La resolución subraya que el diseño de políticas de seguridad futbolística debe ser dinámico y preventivo, coordinando acciones con las áreas de jurisdicción competentes para evitar que incidentes aislados escalen a tragedias mayores. Al impedir la presencia de personas que pudieran alterar la reunión deportiva, las autoridades apuestan a un entorno más familiar y seguro, alejando a quienes utilizan los espacios de recreación para dirimir conflictos personales mediante la fuerza física o la intimidación verbal.

Con la publicación en el Boletín Oficial, la prohibición entra en vigencia de manera inmediata y se mantendrá firme hasta el año 2028. El próximo paso para las autoridades será garantizar que la carga de datos en el sistema digital sea efectiva en todas las jurisdicciones del país para evitar filtraciones en los controles de acceso. La tensión pendiente radica en la capacidad de los operativos de seguridad para detectar intentos de evasión de la norma, especialmente en estadios con menor infraestructura tecnológica, donde el control manual del DNI sigue siendo la principal barrera contra los infractores.

Fuente: Infobae

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Información publicada por Infobae.

Redacción El Capitán

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